Ahora con el Decreto 815 de 04-06-2020, se amplía el subsidio a la nómina hasta el mes de agosto 2020
La norma modifica el Decreto 677, que modifico
el Decreto 639; con este último se creó el subsidio a la nómina, como respuesta
en la protección al empleo, impactado negativamente por la emergencia generada a
raíz del COVID-19.
El subsidio estatal podrá ser solicitado hasta por cuatro ocasiones (Art. 4). Los meses que tendrían el subsidio a la nómina son (Art. 5):
Entre lo nuevo dado por el Decreto 815:
Refiere o incluye Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana y su sistema federado (Art. Modificado 1, Parágrafo 1, inciso 1)PN y PJ, titular de licencia de funcionamiento de establecimientos
de educación formal, no oficiales, autorizados por la secretaria de educación (Art.
Modificado 1, Parágrafo 1, adiciona el inciso 2)
En los casos de sustitución patronal o de empleador, el beneficiario
del subsidio será el empleador nuevo (Art. 3)
Exoneración
de impuestos, los subsidios ya se encontraban exentos de IVA y GMF, ahora se
incluye en la exoneración la Retención en la Fuente (Art. 6)
Los demás lineamientos continúan vigentes, por ejemplo:
Aplicarán las PN empleadoras con registro mercantil y 3 o
más empleados
El mecanismo y tiempos de postulación No cambian
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