El Decreto 771 del 03-06-2020, MINTIC, reemplaza el pago de Auxilio de Transporte por pago de Auxilio de Conectividad
Pago de Auxilio de Conectividad para Trabajadores en Modalidad Trabajo en Casa:
Art. 1. Durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria generada por el COVID-19 (MINSALUD), el empleador(a) deberá:
- Pagar el “Auxilio de Conectividad”, en condición y valor igual al Auxilio de Transporte Legal ($102.853 año 2020, para trabajadores que devenguen hasta 2 SMMLV)
- Aplica para trabajadores que “desarrollen su labor en su domicilio” (modalidad de trabajo en casa)
- No aplica para modalidad de “Teletrabajo”, ya que este tipo de trabajador(a) se rige por normas propias de la modalidad (Ley 1221 de 2008)
- No son acumulables, el Auxilio de Conectividad y el Auxilio de Transporte Legal
Art. 2. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación (03-06-2020)
Decreto 771 03-06-2020, MINTIC
Siempre a su servicio,
Jorge Enrique Pulido M.
JPulido Consultores
jorge.pulido@jpulidoconsultores.com
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