El Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF y el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP, fueron ampliados y modificados por la Ley 2060 del 20-10-2020, sobre lo cual estaría pendiente la reglamentación que estable los detalles del proceso, los principales pendientes:
- MINHACIENDA, determinar el método del calculo de disminución de intereses (es probable que no tenga modificaciones a como se viene manejando, pero lo más sano es tener el lineamiento normativo), fechas de programa (postulación, revisiones, aprobaciones, etc.) y metodología de dispersión de los recursos
- UGPP, lineamientos operacionales, método y formulario de postulación, cuenta con un (1) mes de plazo, para establecer la implementación.
PAEF
Ampliación del PAEF: el subsidio a la nómina, pasa de 4 a 11 meses; mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero, febrero y marzo de 2021 (Art. 1)
Se incluye en los beneficiarios a los "patrimonios autónomos" (Art. 2)
Se disminuye el % mínimo coincidente de trabajadores activos en PILA 02-2020, versus la PILA del mes anterior a la postulación, antes el mínimo era el 80%, ahora queda en mínimo el 50%, lo cual incrementa la cantidad de posible subsidios por trabajadores nuevos (que no están en la PILA 02-2020, pero que se contrataron-ingresaron y si están en la PILA del mes anterior a la postulación)
En todo caso, la cantidad de subsidios otorgados no puede superar el numero de trabajadores en la PILA del 02-2020 (art. 3). De igual forma cada trabajador debe:
- Estar en la PILA
- Estar afiliado al SGSS
- Tener un IBC mínimo el SMMLV
- Tener 30 días cotizados
- Sin novedad SLN
El subsidio continua siendo el 40% del SMMLV ($351.000 para el año 2020), excepto en el caso de las trabajadoras mujeres, por quienes el subsidio se aumenta al 50% del SMMLV (Art. 6)
También quedan con el 50% de subsidio los beneficiarios (empleadores) de los sectores: turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación (transparente al genero del trabajador(a)). En todo caso se deben cumplir con todos los requisitos para acceder al subsidio (Art. 6)
Condiciones para la postulación (en caso que no sean modificadas por reglamentaciones próximas)
- Disminución del ingreso en un 20%, cualquier método:
- A) Mes anterior a la solicitud de subsidio vs mismo periodo año anterior
- B) Mes anterior a la solicitud de subsidio vs promedio de Enero y Febrero año 2020
- No haber restituido (devuelto) el subsidio PAEF
- Beneficiario (empleador) constituido antes del 01-01-2020, o con renovación de Cámara de Comercio mínimo del año 2019 (quienes no hayan renovado el 2019, pueden hacerlo previo a la postulación)
- Solicitud formal del RL y certificado (disminución de ingresos y pago de nómina) por RL y RF o contador (Art. 4)
- Requisitos adicionales Solo para Personas Naturales:
- Tener 3 o más trabajadores
- No ser expuesto públicamente o personas cercanas (relación familiar o civil)
- Diligencia de postulación en el banco en el cual se ha postulado anteriormente, preferible tener una cuenta activa para el deposito del recurso en la misma entidad
Ampliación del termino de fiscalización de la Unidad (aumenta a 4 años el plazo de vencimiento)
PAP
Ampliación del PAP, dando cobertura a la prima legal de servicios de Diciembre 2020 (Art. 7)
Se incluye en los beneficiarios a los "patrimonios autónomos" (Art. 8). Pero no quedaron otros que si pueden postularse al PAEF (Instituciones Educativas, Cruz Roja)
Aplica para trabajadores coincidentes entre las PILA 10-2020 y 11-2020, sin superar el numero de trabajadores en la PILA 12-2020
IBC entre un (1) SMMLV hasta un (1) millón de pesos
Valor subsidio a la prima es de $220.000
El pago de la prima de diciembre, la Ley 2060 (Art. 9) indica que se debe pagar en diciembre 2020, conforme al CST
Demás elementos para la postulación, símiles a las condiciones del PAEF
Recomendaciones
- Blindar-asegurar muy bien el proceso de postulación, revalidar los datos e informes, sobre los cuales se construyen las certificaciones, de igual forma con los ajustes contables por el tema del % de disminución de ingresos (un ajuste puede cambiar el % de ingresos)
- Pagar a tiempo la PILA
- Revisión de las firmas de los documentos de postulación: RL y RF o contador, chequear que los datos de quienes firman están en el certificado de cámara de comercio
Ley 2060 de 22-10-2020:
Siempre a su servicio,
Jorge Enrique Pulido M.
JPulido Consultores
jorge.pulido@jpulidoconsultores.com
Excelente Jorge muchas gracias por ser tan claro en tus explicaciones
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