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martes, 9 de agosto de 2022

Independientes - Se reafirma el Esquema de Presunción de Costos - Decreto 1601 de 05-08-2022

El MINSALUD, con el Decreto 1601 de 05-08-2022, estabiliza parcialmente el tema de los aportes a la Seguridad Social de los independientes por cuenta propia o con contrato diferente de prestación de servicios


El Decreto 1601, modifica diferentes articulo del Decreto 780, respecto al esquema de presunción de costos.

Por ahora y hasta que se determine una nueva regulación normativa para los independientes por cuenta propia o con contrato diferente de prestación de servicios, el IBC se determinará de la siguiente forma:

A) Determinar el ingreso bruto del mes (es decir, ingreso antes de IVA, sí aplica), 

B) Calcular el Ingreso Neto, es decir al ingreso bruto deducir (restar) una de dos opciones: 

    1) los costos y gastos que cumpla con el Art. 107 del ETN (Estatuto Tributario Nacional), o 

    2) el porcentaje del costo presunto de su actividad, conforme al esquema de presunción de     costos

C) el valor resultante, sería el IBC de cotización en la PILA.

La opción a tomar es de libre elección por parte del independiente, y puede cambiar de opción de un mes a otro, en todo caso sería importante tener en cuenta que para aplicar la opción 1, se debería tener a la mano los documentos soportes válidos de los costos y gastos, de lo contrario, podría ser recomendable aplicar la opción 2.

En el caso que te tome la opción 2, existen varios porcentajes de presunción de costos, para cada actividad que desarrollan los independientes. Las actividades están clasificadas por el CIIU, el cual debería ser concordante con la actividad en la declaración de renta (ver norma más abajo la norma, en la misma en su anexo la tabla de porcentajes).

Nota: Si el ingreso neto es menor al SMMLV, el independiente No estaría en la obligación de realizar aportes a la Seguridad Social, pero si podría ser fiscalizado por la UGPP (con base en información tributaría o de terceros (DIAN)), en cuyo caso deberá tener todos los argumentos, sustentos y pruebas, para presentar a la Unidad. 

Es importante tener en cuenta que ya no se podrá multiplicar el ingreso neto por el 40%, dado que esa parte quedó atrás con la declaratoria de inexequibilidad del Art. 244 de la Ley 1955 de 2019 (Sentencia C-068 de 2020, de la Corte Constitucional)
 
Por otra parte se resalta que la cotización de estos tipos de independientes, continúa siendo mes vencido.

Decreto 1601 de 05-08-2022, MINSALUD, Esquema Presunción de Costos Independientes



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lunes, 17 de febrero de 2020

Independientes - Cambia la forma de calculo del IBC - Resolución 209 de 12-02-2020, UGPP

Resolución 209 de 1-02-2020, UGPP - Cambia la base para calcular el IBC de cotización de los independientes por cuenta propia y contratos diferentes a prestación de servicios

Las consideraciones en aplicación que impactan la norma son las siguientes:

  • La resolución determina el Esquema de Presunción de Costos para Independientes diferentes a los Independientes con Contrato de Prestación de Servicios (estos últimos, la norma es directa, sobre el ingreso calcular el 40% y ese será el valor del IBC, Art. 244, Ley 1955 de 2019).
  • De acuerdo a la actividad del independiente varía el % de costos presuntos.
  • Calculo: Al Ingreso bruto se resta el coeficiente determinado en la norma, sobre el resultado se liquida el 40% como valor del IBC.
  • El coeficiente no es una limitante, los costos pueden ser superiores, solo que debe ser comprobable con soportes y con aplicación del Art. 107 del E.T.
  • Esquema no incluye actividad sobre dividendos y participaciones
  • La UGPP en los casos que no tenga soportes de costos sobre los fiscalizados, tomará de entrada el coeficiente del esquema, solo en la actividad principal de la declaración de renta (RUT es variable).
  • En los procesos de fiscalización abiertos de la UGPP; en virtud del Art. 139 de la Ley 2010 de 2019, que modifica el Art. 244 de la Ley 1955 de 2019, adicionando el Parágrafo 2; dicha entidad tendrá permitido aplicar el esquema de presunción de costos, tanto en los procesos de fiscalización en curso (abiertos) como a los que inicien, respecto a cualquier vigencia fiscal.


Estructura del calculo IBC en Independientes por cuenta propia o contrato diferente a prestación de servicios



Tabla de los porcentajes presuntos de costos (Extracto de la Resolución 209 de la UGPP)


Link Resolución 209 de 12-02-2020:
https://www.ugpp.gov.co/sites/default/files/sites/default/files/nuestra_unidad/Resolucion-209-de-2020.pdf


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Jorge Enrique Pulido M.
JPulido Consultores
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