miércoles, 18 de noviembre de 2020

Laboral - Desde mañana 19-11-2020 inicia el plazo para postulación al PAEF para 3 meses; Sept, Oct y Nov 2020

Desde mañana (19-11-2020) los empleadores podrán proceder con las postulaciones al PAEF por tres (3) periodos; Septiembre, Octubre y Noviembre 2020, a continuación los datos a tener en cuenta para el proceso:

  • Formulario de postulación: Circular 005 de 17-11-2020, UGPP PAEF Formulario LEY 2060, recordar qe por diferentes medios se ha informado por MINHACIENDA que cada periodo es una postulación independiente, por lo cual requiere la presentación de los formularios y anexos por cada mes a postularse; por ejemplo el MINHACIENDA en su boletín 55, notificó "...un formulario por cada uno de los tres meses previstos..." (para más información sobre el boletín 55, ver publicación: https://jpulidoconsultores.blogspot.com/2020/11/laboral-paef-minhacienda-boletin-55.html
  • El formulario sería distribuido y recepcionado con sus anexos por la entidades financieras (ver formulario en la circular 005 de 17-11-2020: https://drive.google.com/file/d/1fh3GdGwDmHhzK8CKyNPFJRIO7kAJD2vI/view?usp=sharing)
    • Nota: el numero de la circular "005" es igual a otra circular de la misma entidad, pero de la fecha 14-08-2020, la diferencia; además de la fecha; se basa en el objeto del formulario, la anterior circular de agosto, estableció el formulario para el PAP de Junio 2020.


Siempre a su servicio,

Jorge Enrique Pulido M.
JPulido Consultores
jorge.pulid@jpulidoconsultores.com

lunes, 16 de noviembre de 2020

Laboral - Reglamentación y Manual Operativo del PAEF ampliado hasta Marzo 2021, MINHACIENDA

El MINHACIENDA con la Resolución 2162 de 13-11-2020, actualiza las reglas del PAEF (subsidio de nómina), ampliado hasta el periodo de Marzo 2021, en virtud de la Ley 2060 de 22-10-2020, a continuación se determinan algunos elementos relevantes para el proceso de postulación de los empleadores:

Valor del subsidio: 40% o 50% del SMMLV ($351.000 o $439.000), el valor se actualiza el próximo año con base en el nuevo SMMLV del 2021 

EL 50% aplica para:

  • Mujer trabajadora (se validará con la base de datos del Registro Único de Afiliados (RUAF), en su defecto, es decir si el RUAF no tiene identificado el genero de la cedula del trabajador(a), se otorgaría el 40%)
  • Empleador con actividad principal del CIIU Rev4. A.C del DANE, clasificado desde el 06-05-2020, actividad que el empleador deberá certificar en la postulación (además de estar certificada la actividad por el postulante, la UGPP recibirá una base de datos de registro mercantil de la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio, en donde deberá identificar, del listado de actividades CIIU Rev4. A.C del DANE, cuales están obligadas a tener un Registro Único Empresarial): 


Los trabajadores por los cuales la UGPP aprobará el subsidio a los empleadores deben cumplir algunas características:

  • Cotizar mes completo
  • Cotizar con IBC mínimo del SMMLV
  • No tener novedad SLN
  • Estar afiliado al Sistema General de Seguridad Social (SGSS)
Por otra parte, entre otros puntos de validación la UGPP solo tiene en cuenta las planillas PILA pagadas y afiliaciones al SGSS realizadas hasta del 08-05-2020 (fecha en la cual se crea el PAEF), como punto de comparación con el mes por el cual se solicita el subsidio (periodo PILA de comparación 02-2020). La cantidad de subsidios no puede superar el total de trabajadores en PILA 02-2020

Nota: pagar a tiempo las PILA respectivas, a más tardar al ultimo día de postulación

Aplican las personas jurídicas y naturales (PJ y PN), estás ultimas solo si tiene tres (3) empleados(as) en PILA del periodo 02-2020 y No son personas expuestas públicamente (PEP) o cercanos a una PEP

Nota: los trabajadores que se traslapen (tengan múltiples contratos laborales o también llamados contratos concurrentes), solo un empleador deberá recibir el subsidio, los demás empleadores no deben recibir el subsidio (importante tenerlo presente, dado la ampliación del termino de fiscalización otorgado a la UGPP que pasó de 3 a 4 años, ya que en el caso que se reciba puede ser una causa de restitución del subsidio, y una posible sanción por devoluciones improcedentes del ETN)

Postularse por entidad financiera con la cual se ha postulado, o tiene crédito de nómina con soporte del fondo nacional de garantías, en la entidad presentaría:
  1. Formulario de postulación (el cual la UGPP debe colocar a disposición por medio de la entidad)
  2. Certificación firmada por PN, o Representante Legal (RL) de la PJ, junto con el Revisor Fiscal (RF) o contador (si no está obligado a tener RF), este documento debe contener:
    • Disminución del ingreso en un 20% o más, en uno (cualquiera) de los siguientes casos:
      • Ingreso mes anterior al de la solicitud VS mismo mes del año anterior
      • Ingreso mes anterior al de la solicitud VS promedio de ingresos Enero y Febrero de 2020 
    • Trabajadores por quienes se recibe el subsidio, se les pago la nómina (el salario)
    • Pagar la nómina (Agosto, Septiembre y Octubre) entre los 5 días hábiles siguientes a recibir el subsidio, en caso que se adeuden
Nota: para el punto de la disminución de ingresos, tener en cuenta el total de los ingresos en la contabilidad, indistintamente al origen, siguiendo las reglas de la realización del ingreso. Si en los periodos se recibe o recibió el subsidio, este valor no se debe tener en cuenta para el calculo de la disminución del ingreso.

Revalidación de postulaciones meses pasados, el MINHACIENDA continua permitiendo la posibilidad a la UGPP de aplicar revalidaciones a postulaciones de periodos anteriores (Mayo, Junio, Julio y Agosto 2020) con el objetivo de proceder con correcciones sobre valores que fueron certificados en exceso o, en defecto (con base en la norma vigente a cada periodo de postulación) Art. 7, Par. 6, Resolución 2162 de 13-11-2020 [Resolución 2099 de 04-11-2020, MINHACIENDA]

Cronograma formalizado en el "Manual Operativo PAEF" del MINHACIENDA (ver link anexo, página 4):
Postulaciones para los periodos Septiembre, Octubre y Noviembre 2020: Desde el 19-11-2020 hasta el 26-11-2020 (diligenciar un formato por cada mes)

Resolución 2162 de 13-11-2020, MINHACIENDA, link:

Resolución 2099 de 04-11-2020, MINHACIENDA, link:

Manual Operativo, MINHACIENDA, link:

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Jorge Enrique Pulido M.
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jueves, 12 de noviembre de 2020

Laboral - PAEF - MINHACIENDA - Boletín 55 - Apunto de iniciar proceso de postulación para 3 meses (Septiembre, Octubre y Noviembre del 2020)

Bogotá, 11 de noviembre de 2020 (COMHCP) Comunicado Ministerio de Hacienda y Crédito Público, refiere:

A partir de la 3ra semana de Noviembre iniciarían las postulaciones al PAEF, por los periodos Sept, Oct y Nov del 2020 


Recuerda la ampliación del subsidio del 40% al 50% para trabajadoras (mujeres) y empleadores de sectores fuertemente afectados por la situación generada por la COVID-19 (sectores turístico, gastronómico y de entretenimiento)

Diligenciar 1 formulario por cada mes a solicitar, debe ser así, ya que en cada mes se debe cumplir con los requisitos específicos a cada periodo (en total 3 formularios para esta postulación que se realizaría en la 3ra semana de Noviembre 2020)

El formulario es construido por la UGPP, se diligencia atreves de las entidades financieras y se le debe adjuntar una certificación, con 3 puntos:

  • Disminución de ingresos
  • Pago efectivo de la nómina
  • Pago de la nominas de postulación dentro los siguientes 5 días hábiles posteriores a la fecha de recepción del subsidio


Detalles de los lineamientos normativos que amplían y modifican el PAEF y PAP, Ley 2060; se pueden validar en nuestra publicación, link: https://jpulidoconsultores.blogspot.com/2020/10/laboral-ampliacion-del-paef-y-del-pap-Ley-2060.html


Boletín 55 del MINHACIENDA

http://www.urf.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=%2FConexionContent%2FWCC_CLUSTER-151432%2F%2FidcPrimaryFile&revision=latestreleased


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Jorge Enrique Pulido M.

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martes, 10 de noviembre de 2020

Nómina para No Expertos - próxima clase: Retención en la Fuente Asalariados

Estás cordialmente invitad@ a nuestra próxima clase programada para el Sábado 28-11-2020, desde las 10:00 am hasta las 12:00 M

Retención en la Fuente Asalariados

La clase sobre retefuente asalariados, desarrolla los siguientes ítems:

  • Contextualización Normativa: Retefuente No es un Impuesto, Base Gravable, Tarifa Marginal,  entre otros
  • Retenciones Diferenciales: 
    • Indemnización Laboral (Indemn. daño emergente, Indemn. falta de pago)
    • Indemnización por Despido (Finiquito sin justa causa)
    • Prima Legal
    • Cesantías 
  • Procedimientos: 1 y 2
  • Depuración de la Base del Cálculo de la Retención

Si es de tu interés o consideras que alguien que conoces le puede interesar, ¡¡por favor comparte y/o contáctanos!! 

Déjanos tus comentarios y/o dato de contacto, para entregarte toda la información de la próxima clase!!



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Jorge Enrique Pulido M.
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